Primero de todo queremos informarte de lo que es un
Seguro de Caución.
Un seguro de caución, o también llamado seguro de garantía, es aquel contrato o póliza de seguro por el cual el asegurador o compañía de seguros se obliga a indemnizar a su asegurado por los perjuicios o menoscabos que sufra en caso de que el tomador del seguro no cumpla sus obligaciones, contractuales o legales, que tenga con éste.
Según indica el artículo 68 de la Ley del de Contrato de Seguro de España 50/1980 del 8 de octubre de 1980,1 "por el seguro de caución el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños patrimoniales sufridos, dentro de los límites establecidos en la Ley o en el contrato. Todo pago hecho por el asegurador deberá serle reembolsado por el tomador del seguro".
Sus Características
Un seguro de caución encuentra su razón de ser o nace cuando una de las partes de un contrato exige a la otra parte una garantía que asegure el cumplimiento de las obligaciones que se ha comprometido. Una manera rápida y sencilla de obtener esta garantía o aval es la contratación de un seguro de caución, puesto que si el obligado incumple, la aseguradora se hará cargo de las indemnizaciones que resulten del incumplimiento o impago, dentro de los límites que ambas partes han pactados.El seguro de Caución es un seguro muy utilizado para la firma de contratos con las Administraciones Públicas o incluso como sucede con las Empresas de Seguridad para avalar el pago de posibles sanciones con el Ministerio de Interior.
Aunque sea un seguro muy parecido o similar al seguro de crédito, la diferencia básica y más importante entre ambos radica en que, en el caso de tener contratado un seguro de caución, el deudor es el que contrata (y paga) la póliza de seguro, indicándose en el mismo que el acreedor es el beneficiario. Tomando como ejemplo al sector público, el tomador del contrato sería la empresa contratista, y el beneficiario o asegurado seria la Administración Pública contratante.
La principal y más importante ventaja de este tipo de garantía está en que, a diferencia de otras fórmulas financieras, como la fianza o aval bancario, la póliza de caución no implica grandes pérdidas de disposición sobre el activo circulante: es suficiente con pagar la prima del seguro para estar total y legalmente cubierto a todos los efectos. Ahora bien: en caso de tener el asegurado que ser indemnizado por el asegurador, el tomador tiene la obligación de devolver o resarcir a éste las cantidades que hubiesen pagado.
Partes Que intervienen en el Seguro de Caución.
A diferencia de los seguros generales en que participan o constan el asegurado y asegurador, en los seguros de caución se incorpora un tercer elemento:
Asegurado o también llamado Comitente, el cual es el beneficiario del seguro.
Asegurador o Compañía de Seguros: Es la entidad emisora del Seguro de Caución; la cual garantiza al asegurado el cumplimiento de la obligación contraída por el proponente.
Proponente o Tomador: Es el responsable del cumplimiento de la obligación firmada o adquirida; es el que suscribe el convenio con la compañía aseguradora, para que éste emita la póliza respectiva.
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